EL DESPIDO POR FALTA GRAVE Y LA ruptura del contrato
Juan A. BARRADO CAMPOS – AVOCAT | ABOGADO
Publicado 31/10/2024 | Lectura 1 min.
No está justificada la falta grave si el trabajador prosigue con sus funciones aun después de habérsele notificado el despido.
Definida por la jurisprudencia, se considera falta grave la que imposibilita la permanencia del trabajador en la empresa (Cass. soc., 27 sept. 2007, nº 06-43.867) y le priva del derecho al preaviso y a la indemnización por despido (artículo L. 1234-1del Código del trabajo francés).
¿Qué ocurre si una vez notificado el despido por falta grave, el trabajador sigue ejerciendo sus funciones para la empresa?
La Sala de lo Social del Tribunal de casación francés (Cour de cassation) responde en una sentencia reciente censurando la decisión de un juez de apelación de Nîmes: en tal caso, el empresario consideraba que los hechos citados en la carta de despido no impedían que el trabajador prosiguiera con sus funciones en la empresa(Cass. soc., 9 oct. 2024, n°22-19.389) .
En otras palabras, el despido no podía estar justificado por una falta grave.
El trabajador fue despedido el 22 de diciembre y trabajó para la empresa hasta el 31 de diciembre. El despido por falta grave no estaba justificado y el trabajador tenía, por lo tanto, derecho a reclamar las indemnizaciones correspondientes.