El empresario dispone de dos meses para iniciar el procedimiento disciplinario. Una sentencia reciente ilustra los principios aplicables.
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Poder disciplinario, prescripción y duplicidad de la sanción
Para la aplicación del derecho sancionador, el concepto de empresario, titular del poder disciplinario, incluye también al responsable directo del trabajador, aunque no exista delegación en el ejercicio de dicho poder (Cass. soc., 23 juin 2021, n° 19-24.020, n° 20-13.762).
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Principio «Non bis in idem»
¿Puede ser sancionado un mismo trabajador, en más de una ocasión, con el mismo fundamento y por los mismos hechos? La jurisprudencia responde en base al principio “non bis in ídem”.